Declaración anual del SAT en abril 2023: ¿Cómo se hace y dónde se presenta? Paso a paso

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Declaración anual de impuestos 2023, hasta cuándo y cómo | SAT

Se acerca la fecha límite para presentar la declaración anual 2022 ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Las personas físicas tienen hasta el 2 de mayo para declarar sus impuestos, en un trámite que a continuación te explicamos cómo realizar.

¿Qué es la declaración anual de impuestos del SAT y cuándo se presenta?

La declaración anual de impuestos es un requisito para personas físicas o morales en el cual se deben de desglosar ante el SAT los gastos e ingresos obtenido durante el año, así como el pago de los impuestos correspondientes.

¿Quiénes están obligados a hacer la declaración anual en México?

De acuerdo al sitio oficial del SAT: “Las personas físicas que obtengan ingresos en un año de calendario, a excepción de los exentos y de aquellos por los que se haya pagado impuesto definitivo, están obligadas a pagar su impuesto anual mediante declaración que presentarán en el mes de abril del año siguiente, ante las oficinas autorizadas”.

Las personas obligadas a declarar anualmente ante el SAT son aquellas que:

  • Prestan servicios profesionales
  • Realizan actividades empresariales
  • Cobran renta de inmuebles
  • Hayan vendido algún inmueble
  • Adquirieron algún bien
  • Tuvieron uno o más empleadores
  • Su sueldo supera los 400 mil pesos mexicanos.
  • Cobraron de empresas extranjeras
  • Hayan percibido por concepto de indemnización o jubilación

¿Pensionados y jubilados también declaran ante el SAT?

En el caso de los pensionados y jubilados del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), están excentos de declarar impuestos siempre y cuando el monto mensual no sea mayor a los 43 mil 299 pesos.

Tampoco declaran impuestos aquellos que reciben su jubilación o pensión en una sola exhibición (mientras no rebase los 3 millones 159 mil 97 pesos).

¿Quiénes NO están obligados a hacer la declaración?

Hay algunos casos en los que la declaración anual no es una obligación. Podrán no presentarla las personas físicas que “únicamente obtengan ingresos acumulables en el ejercicio por los conceptos señalados, cuya suma no exceda de $400,000.00, siempre que los ingresos por concepto de intereses reales no excedan de $100,000.00 y sobre dichos ingresos se haya aplicado la retención a que se refiere el primer párrafo del artículo 135 de esta Ley”.

Documentos, requisitos y dónde se hace la declaración anual

Para realizar la declaración anual ante el SAT:

  1. Accede a la página web del SAT.
  2. Ingresa a tu cuenta con tu RFC y contraseña o e.firma.
  3. Completa los datos solicitados.
  4. Firma la declaración y haz clic en “Enviar”
  5. Descarga el acuse de recibo.
  6. En caso de que tu declaración resulte en ceros o con saldo a favor, el trámite está listo.
  7. Si necesitas hacer un pago, debes realizarlo por transferencia bancaria.

¿Qué gastos personales son deducibles de impuestos?

La página del SAT presenta un listado de gastos personales que son deducibles de impuestos, mismos que a continuación te mencionamos:

  • Honorarios médicos, dentales y por servicios profesionales en materia de psicología y nutrición.
  • Son deducibles si son prestados por personas con título profesional legalmente expedido y registrado por las autoridades educativas competentes.
  • Gastos hospitalarios y medicinas incluidas en facturas de hospitales (No proceden los comprobantes de farmacias).
  • Honorarios a enfermeras.
  • Análisis, estudios clínicos.
  • Compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente.
  • Prótesis.
  • Compra de lentes ópticos graduados para corregir efectos visuales.
  • Primas por seguros de gastos médicos, complementarios o independientes de los servicios de salud proporcionados por instituciones públicas de seguridad social.
  • Transporte escolar, sólo si es obligatorio.
  • Colegiaturas en instituciones educativas privadas con validez oficial de estudios. Desde nivel preescolar hasta bachillerato o equivalente, por los montos siguientes (límite anual de deducción): Preescolar: 14,200 pesos; primaria: 12,900 pesos; secundaria: 19,900 pesos; profesional técnico: 17,100 pesos; bachillerato o su equivalente: 24,500 pesos.
  • Gastos funerarios de tu cónyuge o concubino/a, así como para tus padres, abuelos, hijos y nietos, podrás realizarlos con cualquier medio de pago y debes contar con la factura.
  • Intereses reales devengados y efectivamente pagados por créditos hipotecarios, destinados a tu casa habitación, contratados con el sistema financiero, INFONAVIT o FOVISSSTE, entre otras, y siempre que el crédito otorgado no exceda de setecientas cincuenta mil unidades de inversión.
  • Donativos otorgados a instituciones autorizadas para recibir donativos.
  • Aportaciones complementarias de retiro realizadas en la subcuenta de aportaciones voluntarias de tus planes personales de retiro (Afore).
  • El pago por impuestos locales por salarios, cuya tasa no exceda 5%.

¿Cuáles son los límites en las deducciones del SAT?

Cabe mencionar que el monto total de las deducciones personales (excepto gastos médicos por incapacidad y discapacidad, donativos, aportaciones voluntarias y aportaciones complementarias de retiro, así como estímulos fiscales) no puede exceder de cinco Unidades de Medida y Actualización (UMA) anuales o del 15% total de tus ingresos, incluidos los exentos (lo que resulte menor).

¿Cuándo llega el reembolso de impuestos y cómo reclamarlo?

Para soliticar tu devolución de impuestos lo único que tienes que hacer es ingresar al portal del SAT, ir al apartado de “devoluciones y compensaciones” y posteriormente seleccionar la opción de “solicita tu devolución”.

Si al calcular tus impuestos obtienes saldo a favor, puedes recibir el monto de forma automática. Lo único que tienes que hacer es capturar el nombre del banco y tu número de cuenta Clabe a 18 dígitos de la cuenta en la que deseas que te efectúen el depósito del saldo que en su caso corresponda.