¿Qué motos no pueden circular por autopistas y carreteras de Colombia y de cuánto es la multa?

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Motos en las carreteras de Colombia | Alcaldía de Bogotá.
Motos en las carreteras de Colombia | Alcaldía de Bogotá.

El colombiano se moviliza más en moto que en automóvil y por eso el ministerio del Transporte habrá tomado nuevas medidas. En Claro Sports le contamos cuáles son, por lo menos hasta el 2030.

¿Qué motos no pueden circular en Colombia?

De acuerdo con el Ministerio de Ambiente, la Ley 1972 desde enero del año 2021, todos los vehículos de dos ruedas que deseen transitar en Colombia deberán cumplir con la homologación al estándar Euro 3 en cuanto a emisiones. Esto significa que las motocicletas fabricadas aproximadamente antes de 2010, que no hayan sido homologadas según estas regulaciones, no podrán transitar por las vías.

Multas para motos por conducir en zonas prohibidas en Colombia

La multa: $572.628 COP. C14: transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas por la autoridad competente. Además, el vehículo será inmovilizado. Costo de la multa: $572.628 COP.

 ¿En qué consiste la norma “Euro 3” en cuanto a emisiones?

La normativa Euro 3 implica una reducción del 64% en las emisiones de Monóxido de Carbono, una disminución del 33% en Hidrocarburos y del 50% en óxidos de Nitrógeno de tu moto.

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